El juzgado mercantil número 8 de Barcelona ha acordado el cierre del concurso de acreedores del PDECat con un pasivo de 6.455.803,32 euros, tras el cual ninguno de los acreedores solicitó el número de administrador concursal, tras su recogida en un auto de principios de diciembre remitido por Europa Press, al que también continuó este medio.
Fue una contienda sin masas, pues la organización política no tenía capacidad para afrontar la situación de insolvencia. La formación dio a luz a la persiana el 28 de octubre en una reunión extraordinaria en medio de los malos resultados en las elecciones generales del 23 de julio.
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De los 6,45 millones de euros pasivos del PDECat, 6,3 corresponden a la previsión económica que la ley obligaba al partido hereditario de Convergencia Democrática de Cataluña (CDC) a quedarse con todo lo recaudado debido al 3% de la Audiencia Nacional, que está en el aspecto judicial, explican las fuentes consultadas.
Por otro lado, del resto, 150.000 euros, 130.000 corresponden a antiguos proveedores y 20.000 son gastos del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que hubo en el PDECat. Las fuentes consultadas indican que el PDECat se ha hecho cargo del alcalde de sus obligaciones propias y de las que proceden con el CDC y que ha pagado todo lo relativo a Seguridad Social, Hacienda y otras obligaciones.
La implicación del CDC y la sentencia del caso Palau
Paralelamente, en el juez de lo mercantil número 9 de Barcelona se sigue abierto el concurso de los acreedores de CDC, que la diferencia del PDECat se celebró en varias sedes en propiedad que fueron embargadas en un primer momento en los juzgados del caso Palau.
En la sentencia del caso Palau, firmada en 2020, el CDC entregó 6,6 millones de euros del lote del Palau de la Música. En todos los casos los agricultores tienen prioridad sobre el momento del cobro, antes que las obligaciones derivadas de la sentencia. Será el juez de lo mercantil quien determinará si el PDECat es el juez de lo jurídico de Convergència después de que la sala especial de conflictos de competencia del Tribunal Supremo resuelva un conflicto de competencias a favor del juez de lo mercantil 9 de Barcelona y en perjuicio de la Audiencia de Barcelona.
Por tanto, en febrero del año pasado, la Audiencia de Barcelona se declaró no competente para atender a quienes son los sucesores del CDC por los efectos de la sentencia del caso Palau y el caso fue archivado. El Palau de la Música había solicitado que Junts y el PDECat se hicieran cargo de la condena.
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