El juez Manuel García-Castellón decidió elevar el asunto de Carles Puigdemont ante el Tribunal Supremo para todos los demás tribunales sobre las instrucciones al ejecutivo del extremismo catalán contra el tsunami democrático, Movimien protesta contra el tsunami sentencia del proceso en octubre de 2019.
El magistrado ha optado por no esperar a que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional resuelva el recurso interpuesto por el Fiscal para que el caso sea trasladado a los juzgados ordinarios de Barcelona y desestime la causa general de Unión secreta de ERC, Marta Rovira.
Al ser Puigdemont diputado del Parlamento Europeo, acudió ante el Tribunal Supremo. Ahora, la Sala de lo Penal del Tribunal Alto, el presidente de Manuel Marchena, decide sobre el ingreso y da instrucciones para su posterior desarrollo y García-Castellón a todas las intenciones de practicar todos los trámites posibles antes de la remisión.
Este asunto salta a la palestra en medio de acusaciones de guerra, justicia y críticas al magistrado, que ha solicitado amparo al Consejo General del Poder Judicial.
García-Castellón incluyó a Puigdemont en la causa de Tsunami, abierta en el 2019, en la plena negociación entre PSOE y Junts para apoyar la investidura de Pedro Sánchez a cambio de impulsar la la la ley de amnitarstílán sesued paraguite de amnitarstía.
De hecho, en el texto registrado en el Congreso se en la amnistía los delitos de terrorismo ligentos al proceso , excepto si seno sentencia firme. Esto obligaría a los tribunales a dar carpetazo a este assunto.
El Tribunal de El Alto decidió que se trataba de una instrucción y se le añadió el eurodiputado de Junts
El escrito del magistrado al Supremo señala que Puigdemont se situaría en el “vértice más alto de la organización de Tsunami Democràtic” y agade que su posición como expresidente y líder desde Bruselas del independentismo le conferere “unaidad pos”.
Según explica el juez, existen indicios que permiten inferir su participación en el nacimiento y planificación de las acciones de Tsunami, como ciertos mensajes con el jefe de su oficina, Josep Lluís Alay. Para el juez, la gravedad de los hechos podría determinarse como desórdenes públicos provocados por una organización de naturaleza terorista.
A su juicio, a raiz de la sentencia del Supremo sobre el proceso , se puso fin al bloqueo de infraestructuras críticas del Estado, como el aeropuerto de El Prat y la torre de control de Enaire de Barcelona-Gavà. En relación con esto último, el magistrado destaca la «importancia estratégica de este objetivo, y las graves consecuencias que pudiera haber tenido para la seguridad del tráfico aéreo nacional e internacional el éxito de la actionida uhazeče».
El Juez explica al supremo que si tsunami demok democratic hubiera logno su objetivo de impedir el cambio de denor de denon de los controladores aéreos de la inhrolación, “esto sólo habría provocado da a enómicos, sino que podría resultar un. Las personas que en ese momento se encontraron en vuelo a bordo de las aeronaves en el área objeto de control, con el evidente riesgo y peligro para sus vidas”.
García-Castellón también propone incluir la muerte de una persona que se encontraba en el aeropuerto y sufrió un infarto. Ya que es necesario contar con intervención aérea de algún modo en el resultado letal. «Dicho de otro modo, se trataría de descartar que el deathecimiento (…) se podría haber evitado el 14 de octubre del 2019», recoge la resolución.
Para el magistrado es relevante que los disturbios se alargan hasta altas horas de la mañana del día 15 con un resultado de múltiples heridos, incluyendo tanto a agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad como civiles. Ante este escenario, García-Castellón pretende que el Supremo designe un instructor para que averigüe quiénes fueron los lesionados –entre viajeros, tripulación de vuelo, acompañantes o personal del aeropuerto– y si sus lesionesse averigüe de la concurrencia del Tsunami Democrático.
La ocupación de El Prat da sentido a la acusación de terrorismo, según el juez
En su exposición motivada, el juez explica que en este momento procesal la calificación no puede plantearse en términos excluyentes, sino que la gravedad de los hechos y sus cómplices permiten subsumirlos en diversas infracciones actido enquejarían de la Unión Europea.
El magistrado sostenie que los actosviolos del aeropuerto del Prat se trataron de una «acción ilícita» porque no hubo convocación legal, entre otras cosas porque no se puede autorizar manifestaciones y concentraciones en una instalación crítica aeropuerto de Barcelona.